¿Cómo actuar frente a un fallecimiento?

Requisito indispensable

D.N.I. del fallecido. La cédula de identidad no tiene valor.

Fallecimiento ocurrido en un domicilio particular o geriátrico

Contactarse con el médico de cabecera quien firmará el certificado médico de defunción. El mismo consta de una hoja cuyo frente y dorso son de color verde y pastel. El referido certificado es entregado por la Dirección General del Registro Civil de la Ciudad de Buenos Aires exclusivamente a los facultativos legalmente habilitados.
La “constancia de óbito” confeccionada en una simple receta y entregada por el profesional médico a cargo de la ambulancia de emergencias no tienen valor legal.

Fallecimiento ocurrido en establecimiento asistencial

El certificado médico lo firmará el profesional a cargo del establecimiento previa ejecución por parte de la oficina de admisión del sistema TAD del establecimiento asistencial.
Para ello se debe presentar, en la referida oficina, el DNI del fallecido y el del familiar declarante.




De acuerdo a las normas vigentes hasta tanto se cumplimenten las horas mínimas de fallecimiento para ingresar a cementerio, el fallecido debe permanecer en una sala habilitada con o sin presencia de familiares.

¡Cuidado, esté alerta!

Bajo ningún concepto permita en su domicilio la presencia o el llamado telefónico de “coordinadores o representantes” de P.A.M.I., ANSES o de cualquier obra social. Son oportunistas. Las prestaciones fúnebres deben ser contratadas en las oficinas de las empresas habilitadas.

Una vez cumplimentadas las autorizaciones del caso, nuestro personal inscribirá la defunción en el Registro Civil que corresponda.